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El Tribunal Supremo tomó una medida cautelar que afecta determinadas inscripciones electorales de personas que obtuvieron la nacionalidad española mediante la Ley de Memoria Democrática.
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El Tribunal Supremo de España ordenó suspender cautelarmente determinadas inscripciones electorales de personas que obtuvieron la nacionalidad mediante la llamada “Ley de Nietos”. La decisión no les retira la ciudadanía española ni elimina esta vía de nacionalización, pero sí puede afectar su incorporación al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) mientras se resuelve el litigio.
La resolución fue adoptada a petición del partido político ultraderechista Vox y de la organización Lustitia Europa, que cuestionaron la incorporación al padrón electoral de nuevos ciudadanos nacionalizados sin que, en todos los casos, se hubiera acreditado documentalmente que sus familiares sufrieron el exilio. Actualmente el Tribunal Supremo no anuló la nacionalidad española de los beneficiarios ni suspendió de manera definitiva la llamada Ley de Nietos. La medida es cautelar y se concentra en sus efectos electorales, mientras el tribunal resuelve el fondo del litigio.
¿Qué es realmente la “Ley de Nietos”?
La llamada “Ley de Nietos” no es una legislación independiente. Se trata del nombre con el que popularmente se conoce a una disposición de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática, aprobada para facilitar el acceso a la nacionalidad española de descendientes de personas que sufrieron el exilio. La norma contempla, entre otros supuestos, a descendientes de españoles que perdieron o tuvieron que renunciar a su nacionalidad como consecuencia del exilio. Desde su entrada en vigor, el mecanismo provocó un importante incremento en las solicitudes de nacionalidad desde otros países.
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¿Quiénes podrán conservar su inscripción electoral?
Con la decisión provisional del Supremo, los efectos electorales quedan suspendidos para las inscripciones vinculadas a esta vía, salvo en aquellos casos en los que los registros consulares certifiquen que la persona cumple los requisitos establecidos en la ley como descendiente de un español exiliado, sin haber aplicado únicamente la presunción introducida por la instrucción de 2022. El Alto Tribunal ordenó además diferenciar las inscripciones realizadas con acreditación directa del exilio de aquellas concedidas al amparo de esa presunción, mientras se resuelve el fondo del litigio.
México, una de las mayores comunidades españolas en el extranjero
En el caso de México, el propio INE contabilizó 212 mil 812 personas con nacionalidad española residentes en el país al 1 de enero de 2026. Esto no significa que todas estén afectadas por la resolución: el alcance dependerá de quiénes hayan obtenido la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática y de su situación particular en el CERA.
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Aunque el plazo para iniciar nuevas solicitudes cerró el 22 de octubre de 2025, los trámites iniciados dentro del periodo establecido continúan su curso. Quienes solicitaron cita antes del vencimiento y cuentan con el comprobante correspondiente pueden seguir con la presentación y procesamiento de su documentación.
Vox y PP celebran; Gobierno español rechaza la decisión
Tras conocerse la determinación judicial, Vox celebró la suspensión, al sostener que era necesaria para impedir lo que considera una alteración irregular del censo electoral. El presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, también reivindicó la postura de su partido y señaló que habían advertido previamente sobre la aplicación de la normativa.
En contraste, el Gobierno español manifestó que no comparte la decisión del Supremo. El ministro de Justicia, Félix Bolaños, destacó la trascendencia democrática de la resolución y expresó su expectativa de que exista una decisión de fondo antes de las elecciones generales de 2027.
Actualmente, la medida cautelar del Tribunal Supremo mantiene en suspenso la inscripción electoral de quienes obtuvieron la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática y no acrediten documentalmente que descienden de españoles exiliados, pese a que una interpretación del Ministerio de Justicia de 2022 permitía presumir esa condición para quienes salieron de España entre 1936 y 1955.
De acuerdo con datos retomados por BBC News Mundo, alrededor de 2.4 millones de personas habían iniciado trámites para acogerse a esta vía de nacionalización hasta el 31 de mayo. De ellas, 333 mil 696 ya estaban inscritas en el CERA y otras 238 mil 65 habían obtenido la nacionalidad y se encontraban en proceso de incorporación al registro electoral. La controversia llega rumbo a los procesos electorales de 2027, mientras el Gobierno de Pedro Sánchez rechaza la medida cautelar y reclama que el Tribunal Supremo resuelva el fondo del litigio antes de los comicios.