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Cambian las reglas del juego para Airbnb en la CDMX

La creciente tensión entre el derecho a la propiedad privada y las facultades de las administraciones vecinales ha alcanzado un punto de inflexión jurídica en la capital del país para Airbnb.

Cambian las reglas del juego para Airbnb en la CDMX

Para comprender el por qué de esta resolución, es necesario revisar el complejo escenario que se ha gestado en los últimos años en la Ciudad de México, donde el auge del turismo digital, la proliferación de nómadas digitales y la popularidad de plataformas como Airbnb transformaron radicalmente el mercado inmobiliario. Esta dinámica generó una profunda preocupación entre las comunidades de vecinos, quienes comenzaron a denunciar problemas de seguridad por el flujo constante de personas desconocidas, un desgaste acelerado de las áreas comunes, ruidos molestos y un fenómeno de gentrificación que elevó los costos de vida en diversas zonas.

Ante la falta de normativas locales claras en su momento, decenas de asambleas de copropietarios decidieron tomar cartas en el asunto por cuenta propia, modificando sus reglamentos internos y actas condominales para prohibir explícitamente los arrendamientos de corto plazo, argumentando que protegían la tranquilidad y el patrimonio del edificio. Sin embargo, esta tendencia de «justicia vecinal» comenzó a colisionar directamente con los derechos de aquellos propietarios que adquirieron sus inmuebles como una inversión económica legal, generando un choque de derechos que obligadamente tuvo que trasladarse a los tribunales federales para determinar si una junta de vecinos tiene el poder de decidir cómo un individuo puede o no explotar económicamente su propiedad.

Tres casos, tres alcaldías.

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El conflicto ha dejado de ser una disputa doméstica para convertirse en una batalla de amparos sistemática. Los criterios de los jueces federales en tres de las alcaldías con mayor demanda turística de la capital delinean cómo se está resolviendo este choque de derechos: 

Por un lado está este caso en la Benito Juárez, en la Colonia Xoco. El epicentro de esta resolución ocurrió cuando el juzgado federal amparó a la propietaria de dos departamentos a quien la asamblea interna le prohibía por completo el hospedaje digital. En la sentencia definitiva, el juez determinó que prohibir de manera absoluta la actividad excede por completo las facultades legales de un comité de vecinos. Citando el artículo 27 constitucional, el fallo determinó que solo el Estado tiene la potestad de restringir las modalidades de la propiedad privada por causa de interés público. El juzgado ordenó a la administración del condominio que elimine el veto absoluto de sus actas internas. 

En la Cuauhtémoc, dentro del corredor Roma-Condesa, los litigios escalaron a la parálisis operativa de los inmuebles. En un caso ante los juzgados en materia administrativa, un propietario solicitó el amparo de la justicia federal luego de que la administración de su edificio implementara el bloqueo digital de tarjetas magnéticas de acceso y la restricción del uso de elevadores para cualquier persona identificada como «huésped de plataforma». El tribunal federal concedió la suspensión definitiva al considerar que estas medidas vecinales constituyen un acto de Vía de Hecho  que transgrede el derecho constitucional a la libertad de comercio y el libre tránsito del propietario y sus inquilinos temporales. El juez señaló que el reglamento interno de un condominio no puede operar con carácter punitivo penal ni privar a un ciudadano del usufructo de sus bienes legítimos.

Por otro lado, en Polanco, en la Miguel Hidalgo, el frente del conflicto se ha centrado en las penalizaciones económicas colectivas. Un grupo de inversionistas promovió un amparo tras recibir multas acumulativas de miles de pesos impuestas de forma arbitraria por la junta condominal, bajo el argumento de «uso indebido y comercial de suelo residencial». El juzgado correspondiente resolvió que las asambleas vecinales no son autoridades administrativas ni hacendarias facultadas para imponer sanciones pecuniarias con fines de inhibición comercial. El fallo determinó que la naturaleza del hospedaje digital no altera intrínsecamente el uso habitacional de la unidad, declarando ilegales las multas e impidiendo que el comité condominal pueda embargar o restringir servicios básicos (como el agua o el gas) a los departamentos destinados a la plataforma.

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Mientras estos casos particulares avanzan y fijan precedentes en favor de los propietarios, el debate general sobre las plataformas digitales sigue su curso en instancias definitivas como la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Jueces de Distrito en Materia Civil y Administrativa en la CDMX han determinado de manera reiterada en juicios de amparo que las Asambleas Generales de Condóminos carecen de facultades constitucionales para prohibir o restringir de manera absoluta el uso y goce de la propiedad privada a través de la modificación de sus reglamentos internos.

Este blindaje judicial a favor de los propietarios reconfigura de forma drástica el negocio de las rentas en servicios como Airbnb en la CDMX, transformando el panorama operativo y regulatorio de Airbnb. Por un lado, este fallo otorga inmunidad frente al autogobierno condominal, lo que significa que los reglamentos internos de los edificios ya no son un arma legal definitiva para expulsar la plataforma, garantizando prácticamente que la justicia federal anulará cualquier veto vecinal directo mediante un litigio de amparo.